Decálogo partes interesadas

 

Las partes interesadas, definiendo como tal, a cualquier persona física o jurídica que se relacione comercial o profesionalmente con Securitas Direct España S.A.U., como a su matriz, ESML SD IBERIA HOLDING S.A.U. (en adelante denominadas, respectivamente, SDE y ESML, o conjuntamente, las Sociedades), deberá sujetarse y cumplir con el presente decálogo, encuadrándose en el marco del Sistema de Gestión de Cumplimiento Tributario que poseen las Sociedades, en atención a los siguientes puntos:

 

  1. Las Sociedades ponen en conocimiento de las Partes Interesadas de la existencia de un Sistema de Compliance Tributario, cuyo objetivo es la organización y gestión con medidas de vigilancia y control para prevenir y en su caso detectar la posible ocurrencia de riesgos tributarios. Dicho Sistema es gestionado por el órgano de Compliance Tributario que se rige por los principios de autonomía e independencia.
     
  2. Las Sociedades y las Partes Interesadas, mostrarán una relación de cooperación, sujeción a la legalidad e integridad, tanto entre sí, como en sus relaciones con las Administraciones Públicas y resto de operadores del Mercado, en cumplimiento de la normativa Fiscal que les sea de aplicación.
     
  3. Las Sociedades y las Partes Interesadas, someterán a revisión todas sus operaciones aplicando todas las oportunidades fiscales para maximizar el valor de las mismas, dentro del cumplimiento de la Normativa Fiscal, identificando, analizando y comunicando cualquier riesgo que pudiera derivarse de la misma, tan pronto como sea conocido el mismo.
     
  4. Para ello, las Partes Interesadas comunicarán al Departamento Fiscal de las Sociedades, cualquier circunstancia o situación con trascendencia fiscal, que afecte o pudiera afectar directa o indirectamente, a las Sociedades o sus operaciones, a través de los canales de comunicación directos del Departamento Fiscal y, en todo caso, a través del canal de comunicación de las entidades, siendo éste la plataforma Whispli, accesible a través de este link: https://securitasdirectspeakup.com.
     
  5. Las Partes Interesadas, deberán prever y provisionar cualquier contingencia fiscal a la que pudieran exponerse, como resultado directo o indirecto de su relación con las Sociedades, informando de ello a las Sociedades, o llegado el caso, solicitando información de estas, con el fin de cumplir y facilitar el cumplimiento de sus respectivas obligaciones fiscales.
     
  6. Las Partes Interesadas deberán aportar cuanta documentación se solicite por las Sociedades, para la comprobación del detalle de la relación comercial o profesional entre ambas partes, facilitando la documentación contable, mercantil, fiscal y económica que se les requiera en relación a las operaciones entre partes, o cualquier otra actividad de la que pudiera derivar responsabilidad o riesgo fiscal a las Sociedades.
     
  7. Las Partes Interesadas, no podrán llevar a cabo actuaciones u omisiones que incrementen, directa o indirectamente, el riesgo fiscal de las Sociedades como fruto de sus relaciones comerciales o profesionales, sin informar previamente a las Sociedades, a quienes se les dará un plazo no inferior a 15 días para decidir, analizado el riesgo, la continuación o no de las relaciones, sin coste alguno para las Sociedades.
     
  8. Las Partes Interesadas y las Sociedades, se comprometen a tratar los datos e información fiscal y financiera relativa a sus operaciones tales como precios, ofertas, margen comercial, contabilidad, actividad, contratos, albaranes de entrega, actas y comunicaciones de la administración o autoridad competente, modelos y declaraciones fiscales, así como cualquier otra información no pública que traten las partes, en virtud de sus relaciones, que deberá entenderse reservada y confidencial y alcanzada por el secreto empresarial, debiendo solicitar el consentimiento por escrito de la otra parte, para comunicarla, cederla o transmitirla a terceros por cualquier medio o de cualquier modo.
     
  9. Las Partes Interesadas asumen la obligación de informar a las Sociedades de cualquier investigación interna o externa, comunicación de cualquier administración o autoridad, e incluso e la mera sospecha de ilicitud, en relación o vinculadas a su relación directa o indirecta con las Sociedades, facilitando cuanta información sea necesaria para la correcta identificación, análisis y evaluación de los riesgos derivados y de los hechos que han podido dar lugar a las mismas, con total transparencia y colaboración.
     
  10. Las Partes Interesadas se comprometen a cumplir y hacer cumplir el presente decálogo en el seno de sus organizaciones, comunicándolo a sus trabajadores y conservando evidencia del compromiso expreso de cumplimiento del presente decálogo, comprometiéndose al cumplimiento de la legislación Tributaria que le sea de aplicación y manteniendo indemne a las Sociedades, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de alguno de estos 10 compromisos, se facultará a las Sociedades a resolver la relación comercial o profesional y rescindir los contratos existentes entre las partes, sin coste alguno para las Sociedades, respondiendo frente ellas, de los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento, incluido el daño reputacional que eventualmente pudiera producirse en las Sociedades.